LNED

Artículo 246. Destino de bienes recuperados

Los bienes recuperados a través de cooperación internacional serán destinados a los fines establecidos en la ley, incluyendo el pago de gastos y contribuciones. Esto regula el uso de los recursos obtenidos.

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Texto Legal

Los Bienes que se recuperen con base en la cooperación internacional, o el producto de éstos, serán destinados a los fines que establece esta Ley.

Los gastos de administración y venta, así como el pago de contribuciones y gravámenes a que estuvieren sujetos los Bienes mencionados en el párrafo anterior, que sean realizados por la autoridad

LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

competente de un estado extranjero, se pagarán con cargo al producto de la venta de los Bienes que fueron base en la cooperación internacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores deben tener en cuenta los gastos asociados a la recuperación de bienes para una adecuada administración de los recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 246 del LNED?

Los bienes recuperados a través de cooperación internacional serán destinados a los fines establecidos en la ley, incluyendo el pago de gastos y contribuciones. Esto regula el uso de los recursos obtenidos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 246 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Los contadores deben tener en cuenta los gastos asociados a la recuperación de bienes para una adecuada administración de los recursos.

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