Si la demanda es oscura o irregular, el Juez debe prevenir al Ministerio Público para que la aclare o complete en un plazo de tres días.
Si la demanda fuere obscura o irregular, el Juez debe prevenir al Ministerio Público para que la aclare, corrija o complete de acuerdo con los artículos anteriores, señalando en concreto sus defectos dentro del plazo de tres días, hecho lo cual le dará curso; en caso contrario, se le tendrá por no presentada. El Juez puede hacer esta prevención por una sola vez. El auto que determine que no se da curso a la demanda será apelable en ambos efectos.
Aclarada la demanda, el Juez le dará curso o la desechará de plano. Desechada la demanda, el Ministerio Público podrá volver a presentarla si subsana la deficiencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben estar preparados para aclarar o corregir demandas en caso de que el Juez lo requiera, lo que puede ser crucial para el avance del caso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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