Las medidas cautelares pueden decretarse durante o antes del juicio, facilitando la protección de bienes desde el inicio del proceso. Esto permite una respuesta ágil ante riesgos.
Las medidas cautelares podrán decretarse:
I. Durante el juicio, y
II. Antes de iniciarse el juicio.
En el primer caso, se substanciará vía incidental y conocerá de éste el Juez que, al ser presentada la solicitud de la medida cautelar, esté conociendo del asunto.
En tratándose del segundo supuesto, se tramitará a petición directa por el Ministerio Público y se notificará la medida cautelar a la Persona Afectada inmediatamente después de ejecutada ésta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La posibilidad de decretar medidas antes del juicio es una ventaja estratégica que los abogados deben considerar al evaluar el caso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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