LNED

Artículo 153. Derechos de pueblos indígenas

Se garantiza el acceso a la jurisdicción del Estado para pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, considerando sus usos y costumbres. Esto es fundamental para la equidad en el proceso judicial.

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Texto Legal

A fin de garantizarles a las personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas el acceso pleno a la jurisdicción del Estado en los procedimientos en que sean parte, el Juez deberá considerar, al momento de dictar la resolución, sus usos, costumbres y especificidades culturales. Artículo reformado DOF 01-04-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo resalta la importancia de la inclusión cultural en los procesos judiciales. Los abogados deben estar preparados para argumentar y presentar evidencias que respeten estas particularidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 153 del LNED?

Se garantiza el acceso a la jurisdicción del Estado para pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, considerando sus usos y costumbres. Esto es fundamental para la equidad en el proceso judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 153 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] Este artículo resalta la importancia de la inclusión cultural en los procesos judiciales. Los abogados deben estar preparados para argumentar y presentar evidencias que respeten estas particularidades.

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