LNED

Artículo 137. Inspección Judicial

La inspección judicial puede ser solicitada por las partes o por el Juez para esclarecer hechos relevantes. Este procedimiento es esencial para la obtención de pruebas en el juicio.

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Texto Legal

La inspección judicial puede practicarse a petición de parte o por disposición del Juez, cuando pueda servir para aclarar o demostrar hechos relativos a la contienda que no requieran conocimientos técnicos especiales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La solicitud de inspección judicial debe ser bien fundamentada para que el Juez la considere. Las partes deben estar preparadas para presentar argumentos sólidos sobre la necesidad de esta prueba.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 137 del LNED?

La inspección judicial puede ser solicitada por las partes o por el Juez para esclarecer hechos relevantes. Este procedimiento es esencial para la obtención de pruebas en el juicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 137 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] La solicitud de inspección judicial debe ser bien fundamentada para que el Juez la considere. Las partes deben estar preparadas para presentar argumentos sólidos sobre la necesidad de esta prueba.

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