Las partes deben manifestar si tienen a su disposición los documentos al ofrecer prueba. Si no los tienen, deberán indicar dónde se encuentran y solicitar su exhibición.
Las partes están obligadas, al ofrecer la prueba de documentos, a manifestar si se encuentran a su disposición o no. Se entenderá que el actor tiene a su disposición los documentos y deberá acompañarlos precisamente a los escritos que fijan la litis principal o a la controversia incidental, siempre que existan los originales en un protocolo o archivo público del que pueda pedir y obtener copias autorizadas de ellos.
Al ofrecer documentos que no estén a disposición del oferente, deberá expresar el archivo en que se encuentren o si se encuentran en poder de terceros y si son propios o ajenos, solicitando su remisión o exhibición en los autos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los abogados verifiquen la disponibilidad de documentos antes de la audiencia para evitar sorpresas. La correcta identificación de archivos puede acelerar el proceso judicial.
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