LGMASC

Artículo 12. Mediacion a distancia y mediacion electronica

Regula la posibilidad de realizar procedimientos de mediacion por medios electronicos, estableciendo los requisitos tecnologicos, de seguridad y de identidad de las partes.

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Texto Legal

Articulo 12 — Mediacion a Distancia y Mediacion Electronica

Los procedimientos de mediacion podran desarrollarse a distancia mediante el uso de tecnologias de la informacion y comunicacion, cuando las partes asi lo acuerden o cuando las circunstancias lo requieran.

Requisitos tecnologicos

I. La mediacion a distancia debera realizarse a traves de plataformas tecnologicas que garanticen:

a) La comunicacion simultanea de audio y video entre el mediador y las partes;

b) La confidencialidad e integridad de las comunicaciones;

c) La posibilidad de realizar sesiones privadas (caucus) con cada parte;

d) La identidad verificable de todos los participantes.

Mediacion electronica (asincrónica)

I. En controversias de baja complejidad, las partes podran optar por una mediacion mediante comunicaciones electronicas escritas, siempre que el mediador considere viable esta modalidad.

II. Las comunicaciones se realizaran a traves de una plataforma segura designada por el centro de justicia alternativa, que garantice la trazabilidad y confidencialidad de los mensajes.

Validez del acuerdo

I. Los convenios alcanzados mediante mediacion a distancia tendran la misma validez y efectos juridicos que los alcanzados en mediacion presencial.

II. Los convenios podran suscribirse mediante firma electronica avanzada, con los mismos efectos que la firma autografa.

Accesibilidad

I. Los centros de justicia alternativa procuraran que los servicios de mediacion a distancia sean accesibles para personas con discapacidad y para personas en zonas con conectividad limitada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La mediacion electronica es especialmente util para controversias mercantiles entre partes ubicadas en distintas ciudades o paises. En SDV Asesores de Negocio recomendamos a nuestros clientes empresariales considerar clausulas de mediacion electronica en sus contratos, ya que reduce significativamente costos y tiempos de resolucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LGMASC?

Regula la posibilidad de realizar procedimientos de mediacion por medios electronicos, estableciendo los requisitos tecnologicos, de seguridad y de identidad de las partes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la Ley MASC?

La mediacion electronica es especialmente util para controversias mercantiles entre partes ubicadas en distintas ciudades o paises. En SDV Asesores de Negocio recomendamos a nuestros clientes empresariales considerar clausulas de mediacion electronica en sus contratos, ya que reduce significativamente costos y tiempos de resolucion.

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