LGPSEDMTP

Artículo 26. Entrega ilegal de menores

Se imponen penas de 20 a 40 años de prisión a quienes entreguen a menores de forma ilegal para explotación. Este artículo busca proteger a los menores de abusos.

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Texto Legal

Se impondrá pena de 20 a 40 años de prisión y de 2 mil a 20 mil días multa, al padre, madre, tutor o persona que tiene autoridad sobre quien se ejerce la conducta que entregue o reciba de forma ilegal, ilícita, irregular o incluso mediante adopción, a una persona menor de dieciocho años con el fin de abusar o explotar de ella sexualmente o cualquiera de las formas de explotación a que se refiere el artículo 10 de la presente Ley.

En todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nula la adopción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben ser conscientes de las implicaciones legales de la entrega de menores, ya que las sanciones son extremadamente severas y pueden afectar a múltiples partes involucradas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LGPSEDMTP?

Se imponen penas de 20 a 40 años de prisión a quienes entreguen a menores de forma ilegal para explotación. Este artículo busca proteger a los menores de abusos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY para Prevenir, Sancionar y Erradicar los De...?

[IA] Los abogados deben ser conscientes de las implicaciones legales de la entrega de menores, ya que las sanciones son extremadamente severas y pueden afectar a múltiples partes involucradas.

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