La Comisión Ejecutiva es competente para proporcionar medidas de ayuda a víctimas de tortura, asegurando su atención integral. Esto refuerza el apoyo a las víctimas.
Con independencia de lo previsto en la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva es competente para proporcionar medidas de ayuda, asistencia y atención a las Víctimas relacionadas con la probable comisión del delito de tortura, perseguidos por la Fiscalía Especializada que conozca del caso, y en los casos previstos en el artículo 91 de esta Ley. Artículo reformado DOF 20-05-2021
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La competencia de la Comisión Ejecutiva es crucial para la atención a víctimas. Los abogados deben estar al tanto de los recursos disponibles para asesorar a sus clientes adecuadamente.
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