Las instituciones de seguridad pública deben regirse por principios de legalidad, eficiencia y respeto a los derechos humanos, promoviendo la inclusión y la participación ciudadana.
La actuación de las Instituciones de Seguridad Pública y los órganos del Sistema, así como las políticas, los programas, mecanismos y las acciones en materia de seguridad pública, se regirán por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, así como por la perspectiva de género, el amor a la patria, el federalismo cooperativo, la protección de la persona, su dignidad y el respeto a los derechos humanos con enfoque diferenciado e incluyente. Asimismo, deberán cumplir con los deberes reforzados de protección del Estado en la materia, con énfasis en personas y grupos poblacionales discriminados con motivo de su origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condición de salud, religión, opiniones, orientación sexual, identidad de género, estado civil o cualquier otra causa que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas; así como fomentar la participación ciudadana y rendir cuentas en términos de la legislación aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo resalta la importancia de los derechos humanos en la actuación de las instituciones de seguridad. Los contadores y abogados deben asegurarse de que sus clientes cumplan con estos principios en sus operaciones.
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