Las instituciones hospitalarias tienen la obligación de brindar atención de emergencia a víctimas sin exigir condiciones previas. Esto es fundamental para garantizar la salud y bienestar de las víctimas.
Las instituciones hospitalarias públicas Federales, de las entidades federativas y de los municipios tienen la obligación de dar atención de emergencia de manera inmediata a las víctimas que lo requieran, con independencia de su capacidad socioeconómica o nacionalidad y sin exigir condición previa para su admisión. Artículo reformado DOF 03-05-2013, 03-01-2017
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La atención inmediata es crucial para la recuperación. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes reciban la atención necesaria sin obstáculos.
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