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Artículo 128. Derechos de la victima

El articulo detalla los derechos y obligaciones de la víctima en el proceso judicial. Se enfatiza la importancia de actuar de buena fe y cooperar con las autoridades.

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Texto Legal

A la víctima corresponde:

I. Actuar de buena fe;

II. Cooperar con las autoridades que buscan el respeto de su derecho a la justicia y a la verdad, siempre que no implique un riesgo para su persona, familia o bienes jurídicos;

III. Conservar los bienes objeto de aseguramiento cuando éstos le hayan sido devueltos o puestos bajo su custodia, así como no cremar los cuerpos de familiares a ellos entregados, cuando la autoridad así se lo solicite, y por el lapso que se determine necesario, y

IV. Cuando tenga acceso a información reservada, respetar y guardar la confidencialidad de la misma. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender estos derechos es fundamental para los abogados que representan a víctimas, ya que les permite garantizar que se respeten sus derechos durante el proceso judicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 128 del LGV?

El articulo detalla los derechos y obligaciones de la víctima en el proceso judicial. Se enfatiza la importancia de actuar de buena fe y cooperar con las autoridades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 128 de la LEY de Víctimas?

[IA] Comprender estos derechos es fundamental para los abogados que representan a víctimas, ya que les permite garantizar que se respeten sus derechos durante el proceso judicial.

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