Las denuncias o quejas deben ser comunicadas a la autoridad correspondiente en un plazo de 24 horas. Esto es especialmente relevante para las personas bajo custodia del Estado.
Una vez recibida la denuncia, queja o noticia de hechos, deberán ponerla en conocimiento de la autoridad más inmediata en un término que no excederá de veinticuatro horas.
En el caso de las personas que se encuentren bajo custodia del Estado, estarán obligados de recibir la declaración las autoridades que estén a cargo de los centros de readaptación social.
Cuando un servidor público, en especial los que tienen la obligación de tomar la denuncia de la víctima sin ser autoridad ministerial o judicial, tenga conocimiento de un hecho de violación a los derechos humanos, como: tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, detención arbitraria, desaparición forzada, ejecución arbitraria, violencia sexual, deberá denunciarlo de inmediato. Artículo reformado DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La rapidez en la notificación es esencial para garantizar la protección de los derechos de las víctimas y asegurar una respuesta oportuna de las autoridades.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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