LGTAIP

Artículo 96. Desechamiento de la denuncia

Si la denuncia no se relaciona con incumplimientos a las obligaciones de transparencia, se dictará un acuerdo de desechamiento. Esto asegura que solo se atiendan denuncias pertinentes.

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Texto Legal

Si la denuncia no versa sobre presuntos incumplimientos a las obligaciones de transparencia establecidas en la presente Ley, o se refiere al ejercicio del derecho de acceso a la información o al trámite del recurso de revisión, la Autoridad garante dictará un acuerdo de desechamiento y, en su caso, dejará a salvo los derechos de la persona promovente para que los haga valer por la vía y forma correspondientes. Las Autoridades garantes, en el ámbito de sus competencias, deben notificar al sujeto obligado la denuncia dentro de los siete días siguientes a su admisión.

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 20-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los denunciantes comprendan el alcance de sus denuncias para evitar desechamientos. Asesorar correctamente sobre el contenido puede ser determinante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del LGTAIP?

Si la denuncia no se relaciona con incumplimientos a las obligaciones de transparencia, se dictará un acuerdo de desechamiento. Esto asegura que solo se atiendan denuncias pertinentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Es crucial que los denunciantes comprendan el alcance de sus denuncias para evitar desechamientos. Asesorar correctamente sobre el contenido puede ser determinante.

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