Si la denuncia no se relaciona con incumplimientos a las obligaciones de transparencia, se dictará un acuerdo de desechamiento. Esto asegura que solo se atiendan denuncias pertinentes.
Si la denuncia no versa sobre presuntos incumplimientos a las obligaciones de transparencia establecidas en la presente Ley, o se refiere al ejercicio del derecho de acceso a la información o al trámite del recurso de revisión, la Autoridad garante dictará un acuerdo de desechamiento y, en su caso, dejará a salvo los derechos de la persona promovente para que los haga valer por la vía y forma correspondientes. Las Autoridades garantes, en el ámbito de sus competencias, deben notificar al sujeto obligado la denuncia dentro de los siete días siguientes a su admisión.
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 20-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los denunciantes comprendan el alcance de sus denuncias para evitar desechamientos. Asesorar correctamente sobre el contenido puede ser determinante.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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