LGTAIP

Artículo 95. Improcedencia de la denuncia

Las Autoridades garantes pueden declarar la improcedencia de una denuncia si esta ya fue objeto de una denuncia anterior. Esto ayuda a evitar la duplicidad de esfuerzos.

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Texto Legal

Las Autoridades garantes podrán determinar la improcedencia de la denuncia cuando el incumplimiento hubiera sido objeto de una denuncia anterior en la que se resolvió instruir la publicación de las obligaciones de transparencia previstas en la presente Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La improcedencia puede ser un punto de conflicto en la presentación de denuncias. Los contadores deben estar preparados para argumentar la novedad de cada caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 95 del LGTAIP?

Las Autoridades garantes pueden declarar la improcedencia de una denuncia si esta ya fue objeto de una denuncia anterior. Esto ayuda a evitar la duplicidad de esfuerzos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 95 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] La improcedencia puede ser un punto de conflicto en la presentación de denuncias. Los contadores deben estar preparados para argumentar la novedad de cada caso.

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