Las Autoridades garantes pueden prevenir a la persona denunciante para que subsane ciertos requisitos en un plazo de tres días. Si no se subsana, la denuncia se desechará.
Las Autoridades garantes podrán prevenir a la persona denunciante dentro del plazo de tres días contados a partir del día hábil siguiente al de su recepción, para que en el plazo de tres días subsane lo siguiente: I. En su caso, exhiba ante la Autoridad garante los documentos con los que acredite la personalidad del representante de una persona física o moral, en caso de aplicar, o II. Aclare o precise alguno de los requisitos o motivos de la denuncia. En el caso de que no se desahogue la prevención en el periodo establecido para tal efecto en este artículo, deberá desecharse la denuncia, dejando a salvo los derechos de la persona denunciante para volver a presentar la misma.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es vital que los denunciantes cumplan con los requisitos solicitados para evitar el desechamiento de su denuncia. Los abogados deben asesorar adecuadamente a sus clientes en este proceso.
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