LGTAIP

Artículo 46. Seguridad de la Plataforma Nacional

El Sistema Nacional establecerá medidas para garantizar la estabilidad y seguridad de la Plataforma Nacional. Se promoverá la homologación de procesos y la simplicidad en el uso de los sistemas por parte de los usuarios.

plataforma nacionaltransparenciaseguridad

Texto Legal

El Sistema Nacional establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la Plataforma Nacional, promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de las personas usuarias. TÍTULO CUARTO CULTURA DE TRANSPARENCIA Y APERTURA INSTITUCIONAL Capítulo I De la Promoción de la Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los sujetos obligados se familiaricen con las medidas de seguridad para asegurar la protección de la información. La capacitación en el uso de la plataforma puede ser clave para su correcta implementación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LGTAIP?

El Sistema Nacional establecerá medidas para garantizar la estabilidad y seguridad de la Plataforma Nacional. Se promoverá la homologación de procesos y la simplicidad en el uso de los sistemas por parte de los usuarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Es importante que los sujetos obligados se familiaricen con las medidas de seguridad para asegurar la protección de la información. La capacitación en el uso de la plataforma puede ser clave para su correcta implementación.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 46 del LGTAIP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 46 LGTAIP desde tu celular