Las infracciones prescribirán en un plazo de cinco años a partir de su comisión. Las sanciones económicas no podrán ser cubiertas con recursos públicos, lo que refuerza la responsabilidad personal.
Con independencia del carácter de las personas presuntas infractoras, las Autoridades garantes para conocer, investigar, remitir documentación y, en su caso, sancionar, prescribirán en un plazo de cinco años a partir del día siguiente en que se hubieran cometido las infracciones o a partir del momento en que hubieren cesado, si fueren de carácter continuo. Las sanciones de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer el plazo de prescripción es fundamental para la defensa de los sujetos obligados. Las entidades deben llevar un registro de sus acciones para evitar sorpresas legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo