Se establecen diversas causales por las cuales un recurso puede ser desechado por improcedente, como la extemporaneidad o la falta de desahogo de prevención. Esto ayuda a filtrar recursos no válidos.
El recurso será desechado por improcedente cuando: I. Sea extemporáneo por haber transcurrido el plazo establecido en el artículo 144 de la presente Ley; II. Se esté tramitando ante el Poder Judicial algún recurso o medio de defensa interpuesto por el recurrente; III. No actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 145 de la presente Ley; IV. No se haya desahogado la prevención en los términos establecidos en el artículo 147 de la presente Ley; V. Se impugne la veracidad de la información proporcionada; VI. Se trate de una consulta, o VII. El recurrente amplíe su solicitud en el recurso de revisión, únicamente respecto de los nuevos contenidos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que los recurrentes conozcan las causales de improcedencia para evitar sorpresas en el proceso. La preparación y el cumplimiento de los plazos son fundamentales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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