LGTAIP

Artículo 158. Causales de improcedencia

Se establecen diversas causales por las cuales un recurso puede ser desechado por improcedente, como la extemporaneidad o la falta de desahogo de prevención. Esto ayuda a filtrar recursos no válidos.

improcedenciarecursostransparencia

Texto Legal

El recurso será desechado por improcedente cuando: I. Sea extemporáneo por haber transcurrido el plazo establecido en el artículo 144 de la presente Ley; II. Se esté tramitando ante el Poder Judicial algún recurso o medio de defensa interpuesto por el recurrente; III. No actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 145 de la presente Ley; IV. No se haya desahogado la prevención en los términos establecidos en el artículo 147 de la presente Ley; V. Se impugne la veracidad de la información proporcionada; VI. Se trate de una consulta, o VII. El recurrente amplíe su solicitud en el recurso de revisión, únicamente respecto de los nuevos contenidos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es esencial que los recurrentes conozcan las causales de improcedencia para evitar sorpresas en el proceso. La preparación y el cumplimiento de los plazos son fundamentales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 158 del LGTAIP?

Se establecen diversas causales por las cuales un recurso puede ser desechado por improcedente, como la extemporaneidad o la falta de desahogo de prevención. Esto ayuda a filtrar recursos no válidos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 158 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Es esencial que los recurrentes conozcan las causales de improcedencia para evitar sorpresas en el proceso. La preparación y el cumplimiento de los plazos son fundamentales.

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