La Unidad de Transparencia debe mantener la informacion solicitada disponible por un minimo de sesenta dias tras el pago correspondiente. Si no se cumplen los plazos, se puede destruir la informacion reproduciendo.
La Unidad de Transparencia tendrá disponible la información solicitada, durante un plazo mínimo de sesenta días, contado a partir de que la persona solicitante hubiere realizado, en su caso, el pago respectivo, el cual deberá efectuarse en un plazo no mayor a treinta días. Transcurridos dichos plazos, los sujetos obligados darán por concluida la solicitud y procederán, de ser el caso, a la destrucción del material en el que se reprodujo la información. Serán aplicables estas mismas disposiciones, en el cumplimiento a los recursos de revisión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los sujetos obligados deben asegurarse de gestionar adecuadamente los plazos para evitar la destruccion de informacion relevante. Esto es crucial para mantener la confianza del publico.
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Art. 136. Tramite de solicitudes de informacion
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Art. 138. Incompetencia en solicitudes
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