La prueba de daño debe demostrar que la divulgación de información representa un riesgo significativo al interés público o a la seguridad nacional. Este proceso debe ser proporcional y el menos restrictivo posible.
En la aplicación de la prueba de daño, el sujeto obligado deberá justificar que: I. La divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público o a la seguridad nacional; II. El riesgo de perjuicio que supondría la divulgación supera el interés público general de que se difunda, y III. La limitación se adecua al principio de proporcionalidad y representa el medio menos restrictivo disponible para evitar el perjuicio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los sujetos obligados deben ser cuidadosos al aplicar la prueba de daño, ya que una evaluación inadecuada puede llevar a la desclasificación de información sensible. Es recomendable documentar todos los riesgos identificados.
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