Las personas tienen derecho a elaborar su voluntad anticipada sobre su tratamiento, lo que les permite decidir sobre su atencion futura. Esto promueve la autonomia del paciente.
En previsión de requerir en el futuro servicios de atención médica, las personas tienen derecho a elaborar su voluntad anticipada en la que podrán determinar el tipo de acciones que desean sean tomadas para su tratamiento, o su negativa a recibir un tratamiento. En dicha manifestación de voluntad anticipada se establecerá, en su caso, la forma, alcance, duración y directrices de dicho apoyo, así como el momento o circunstancias en que su designación de apoyos a futuro surtirá eficacia. La persona podrá revocar en cualquier tiempo el contenido de la voluntad anticipada previamente adoptada. Artículo adicionado DOF 16-05-2022
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Fomentar la voluntad anticipada puede empoderar a los pacientes en su atencion. Es importante que los profesionales conozcan este derecho.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo