LGS

Artículo 75 Bis. Consentimiento informado

Todo tratamiento en salud mental debe ser prescrito con consentimiento informado, garantizando que los pacientes comprendan los riesgos y beneficios. Esto es clave para la etica en la atencion.

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Texto Legal

Todo tratamiento e internamiento de la población usuaria de los servicios de salud mental y las personas con consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones, deberá prescribirse previo consentimiento informado.

Los prestadores de servicios de salud mental, públicos o privados, están obligados a comunicar a la persona, de manera accesible, oportuna y en lenguaje comprensible, la información veraz y completa, incluyendo los objetivos, los beneficios, los posibles riesgos, y las alternativas de un determinado tratamiento, para asegurar que los servicios se proporcionen sobre la base del consentimiento libre e informado. Una vez garantizada la comprensión de la información a través de los medios y apoyos necesarios, la población usuaria de los servicios de salud mental tiene el derecho de aceptarlos o rechazarlos.

La persona con trastornos mentales y por consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones, es quien ostenta el derecho a consentir o denegar el permiso para cualquier tratamiento o internamiento, por lo que deberá presumirse que todos los pacientes tienen capacidad de discernir y deberán agotarse los esfuerzos para permitir que una persona acepte voluntariamente el tratamiento o el internamiento. Artículo adicionado DOF 16-05-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de que los pacientes comprendan la informacion es fundamental para la confianza. La capacitacion en comunicacion es recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 Bis del LGS?

Todo tratamiento en salud mental debe ser prescrito con consentimiento informado, garantizando que los pacientes comprendan los riesgos y beneficios. Esto es clave para la etica en la atencion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 Bis de la LEY de Salud?

[IA] Asegurarse de que los pacientes comprendan la informacion es fundamental para la confianza. La capacitacion en comunicacion es recomendable.

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