La Secretaría de Salud será responsable de implementar y supervisar los servicios de salud digital, asegurando la capacitación y la protección de datos.
La Secretaría de Salud será la responsable de emitir las disposiciones para la implementación, supervisión y mejora continua de los servicios de salud digital en todas las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud. Para efectos de lo anterior, se deberá considerar los siguientes aspectos:
I. Asesoría para integrar la infraestructura tecnológica, según las necesidades, condiciones e infraestructura existente;
II. Formación continua a los profesionales de salud en el uso adecuado de las herramientas de salud digital;
III. Elaboración de guías y criterios de atención médica mediante sistemas de salud digital, incluida la telemedicina, para garantizar la seguridad y calidad de la atención;
LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IV. Elaboración de protocolos de seguridad para la confidencialidad de la información y protección de datos personales de los pacientes, y
V. Implementación de mecanismos de seguimiento y evaluación para medir el impacto y eficacia de los servicios de salud digital. Artículo adicionado DOF 15-01-2026
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial que las instituciones de salud se alineen con las disposiciones de la Secretaría para garantizar una transición efectiva hacia la digitalización de servicios.
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