LGS

Artículo 61 Bis. Derechos de mujeres embarazadas

Toda mujer embarazada tiene derecho a recibir servicios de salud con respeto a sus derechos humanos. Este artículo refuerza la importancia de la atención digna y respetuosa en el ámbito de la salud.

derechos humanosmujeres embarazadassalud

Texto Legal

Toda mujer embarazada, tiene derecho a obtener servicios de salud en los términos a que se refiere el Capítulo IV del Título Tercero de esta Ley y con estricto respeto de sus derechos humanos. Artículo adicionado DOF 07-06-2012

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Respetar los derechos de las mujeres embarazadas es fundamental para garantizar una atención de calidad. Las instituciones de salud deben capacitar a su personal en la atención respetuosa y digna.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 Bis del LGS?

Toda mujer embarazada tiene derecho a recibir servicios de salud con respeto a sus derechos humanos. Este artículo refuerza la importancia de la atención digna y respetuosa en el ámbito de la salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 Bis de la LEY de Salud?

[IA] Respetar los derechos de las mujeres embarazadas es fundamental para garantizar una atención de calidad. Las instituciones de salud deben capacitar a su personal en la atención respetuosa y digna.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 61 Bis del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 61 Bis LGS desde tu celular