Este artículo establece sanciones para profesionales de la salud que se nieguen a desempeñar funciones solicitadas por la autoridad sanitaria, con penas de prisión y multas. La colaboración con las autoridades es esencial en situaciones de emergencia.
Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud, que sin causa legítima se rehuse a desempeñar las funciones o servicios que solicite la autoridad sanitaria en ejercicio de la acción extraordinaria en materia de salubridad general, se le aplicará de seis meses a tres años de prisión y multa por el equivalente de cinco a cincuenta días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los profesionales deben estar preparados para actuar en situaciones de emergencia y cumplir con las solicitudes de la autoridad sanitaria. La responsabilidad social es fundamental en la práctica médica.
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