LGS

Artículo 461. Sanciones por traslado de organos

Se sancionará a quienes trasladen órganos sin permiso. Este artículo es esencial para la regulación del trasplante de órganos y la protección de la salud pública.

trasladoorganossanciones

Texto Legal

Al que traslade o realice actos tendientes a trasladar fuera del territorio nacional, órganos, tejidos y sus componentes de seres humanos vivos o de cadáveres, sin permiso de la Secretaría de Salud, se le impondrá prisión de cuatro a quince años y multa por el equivalente de trescientos a setecientos días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

Igual sanción se aplicará al que traslade o realice actos tendientes a trasladar fuera del territorio nacional tejidos de seres humanos que puedan ser fuente de material genético (ácido desoxirribonucleico) para estudios genómicos poblacionales en contravención de los artículos 317 Bis y 317 Bis 1 de esta Ley.

Si el responsable es un profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud, a la pena anterior se añadirá suspensión en el ejercicio de su profesión u oficio hasta por siete años. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 05-11-2004, 14-07-2008

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre las regulaciones en el traslado de órganos para evitar sanciones severas. La falta de cumplimiento puede resultar en penas significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 461 del LGS?

Se sancionará a quienes trasladen órganos sin permiso. Este artículo es esencial para la regulación del trasplante de órganos y la protección de la salud pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 461 de la LEY de Salud?

[IA] Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre las regulaciones en el traslado de órganos para evitar sanciones severas. La falta de cumplimiento puede resultar en penas significativas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 461 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 461 LGS desde tu celular