Las autoridades sanitarias deben orientar a los particulares sobre su derecho a recurrir resoluciones o actos. Esto promueve la transparencia y el acceso a la justicia.
A solicitud de los particulares que se consideren afectados por alguna resolución o acto de las autoridades sanitarias, éstas los orientarán sobre el derecho que tienen de recurrir la resolución o acto de que se trate, y sobre la tramitación del recurso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La orientación adecuada por parte de las autoridades es clave para que los particulares comprendan sus derechos. Es recomendable que los afectados busquen esta información proactivamente.
Anterior
Art. 447. Resolución de recursos en entidades federativas
Siguiente
Art. 449. Suspensión de sanciones pecuniarias
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo