Este articulo establece el procedimiento para levantar actas en casos de suspensión de trabajos o servicios, así como clausuras temporales o definitivas. Es fundamental para garantizar el cumplimiento de las normativas sanitarias.
En los casos de suspensión de trabajos o de servicios, o de clausura temporal o definitiva, parcial o total, el personal comisionado para su ejecución procederá a levantar acta detallada de la diligencia, siguiendo para ello los lineamientos generales establecidos para las verificaciones. Artículo reformado DOF 14-06-1991
LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las empresas mantengan un registro adecuado de sus actividades para facilitar la verificación por parte de las autoridades sanitarias. La correcta documentación puede prevenir sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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