Las autoridades sanitarias pueden utilizar medidas legales y apoyo de seguridad pública para ejecutar sanciones y medidas de seguridad. Esto asegura el cumplimiento efectivo de la normativa.
Las autoridades sanitarias competentes podrán hacer uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el auxilio de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus competencias, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan. Artículo reformado DOF 15-01-2026
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La colaboración con instituciones de seguridad pública puede ser un aspecto crítico en la ejecución de sanciones. Las empresas deben estar al tanto de sus derechos y obligaciones en estos procedimientos.
Anterior
Art. 430. Medidas correctivas tras verificación
Siguiente
Art. 432. Citación a interesados tras irregularidades
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo