Las autoridades sanitarias pueden dictar medidas para corregir irregularidades detectadas durante las verificaciones, notificando al interesado y otorgándole un plazo para su cumplimiento.
Las autoridades sanitarias con base en los resultados de la visita o del informe de verificación a que se refiere el artículo 396 Bis de esta ley podrán dictar las medidas para corregir las irregularidades que se hubieren encontrado notificándolas al interesado y dándole un plazo adecuado para su realización. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben estar preparadas para implementar rápidamente las medidas correctivas indicadas por la autoridad. Ignorar estas notificaciones puede resultar en sanciones adicionales.
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