Las modalidades de acceso a los servicios de salud privados y sociales se regirán por los acuerdos entre prestadores y usuarios, respetando las disposiciones legales aplicables.
Las modalidades de acceso a los servicios de salud privados y sociales se regirán por lo que convengan prestadores y usuarios, sin perjuicio de los requisitos y obligaciones que establezca esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los prestadores de servicios de salud definan claramente las modalidades de acceso para evitar malentendidos con los usuarios. La comunicación efectiva es clave.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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