La Secretaría de Salud podrá establecer estaciones de aislamiento y vigilancia sanitaria en lugares determinados, especialmente en caso de emergencias sanitarias. Esto permite una respuesta rápida ante brotes de enfermedades.
Cuando las circunstancias lo exijan, se establecerán estaciones de aislamiento y vigilancia sanitarios en los lugares que determine la Secretaría de Salud y, en caso de emergencia sanitaria, la propia Secretaría podrá habilitar cualquier edificio como estación para ese objeto. Artículo reformado DOF 27-05-1987
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben estar preparadas para posibles emergencias sanitarias que requieran aislamiento. Tener un plan de contingencia puede ayudar a mitigar riesgos y asegurar la continuidad de operaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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