LGS

Artículo 347. Clasificacion de cadaveres

Los cadáveres se clasifican en conocidos y desconocidos, siendo estos últimos aquellos no reclamados en 72 horas. Esta clasificación es importante para su manejo legal.

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Texto Legal

Para los efectos de este Título, los cadáveres se clasifican de la siguiente manera:

I. De personas conocidas, y

II. De personas desconocidas.

Los cadáveres no reclamados dentro de las setenta y dos horas posteriores a la pérdida de la vida y aquellos de los que se ignore su identidad serán considerados como de personas desconocidas. Artículo reformado DOF 26-05-2000

LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La clasificación de cadáveres es crucial para el cumplimiento de normativas y para asegurar un manejo adecuado en caso de personas no identificadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 347 del LGS?

Los cadáveres se clasifican en conocidos y desconocidos, siendo estos últimos aquellos no reclamados en 72 horas. Esta clasificación es importante para su manejo legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 347 de la LEY de Salud?

[IA] La clasificación de cadáveres es crucial para el cumplimiento de normativas y para asegurar un manejo adecuado en caso de personas no identificadas.

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