LGS

Artículo 346. Tratamiento de cadaveres

Los cadáveres no son objeto de propiedad y deben ser tratados con respeto y dignidad. Esto establece un marco ético para su manejo.

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Texto Legal

Los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 26-05-2000

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La dignidad en el tratamiento de cadáveres es fundamental en la práctica médica y funeraria, y su incumplimiento puede acarrear sanciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 346 del LGS?

Los cadáveres no son objeto de propiedad y deben ser tratados con respeto y dignidad. Esto establece un marco ético para su manejo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 346 de la LEY de Salud?

[IA] La dignidad en el tratamiento de cadáveres es fundamental en la práctica médica y funeraria, y su incumplimiento puede acarrear sanciones legales.

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