La muerte encefálica se define por la ausencia de conciencia, respiración y reflejos del tallo cerebral. Es esencial descartar intoxicaciones que puedan simular estos signos.
Para efectos de este Título, la pérdida de la vida ocurre cuando se presentan la muerte encefálica o el paro cardíaco irreversible.
La muerte encefálica se determina cuando se verifican los siguientes signos:
I. Ausencia completa y permanente de conciencia;
II. Ausencia permanente de respiración espontánea, y
III. Ausencia de los reflejos del tallo cerebral, manifestado por arreflexia pupilar, ausencia de movimientos oculares en pruebas vestibulares y ausencia de respuesta a estímulos nocioceptivos.
Se deberá descartar que dichos signos sean producto de intoxicación aguda por narcóticos, sedantes, barbitúricos o sustancias neurotrópicas. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 26-05-2000, 11-06-2009
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender los criterios para determinar la muerte encefálica es vital para los profesionales de la salud, ya que impacta en decisiones sobre donación de órganos y tratamientos.
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