Este artículo establece los criterios para la asignación de órganos de donantes fallecidos, considerando la gravedad del receptor y otros factores médicos. Se busca una distribución justa y eficiente de los órganos disponibles.
Para la asignación de órganos y tejidos de donador no vivo, se tomará en cuenta la gravedad del receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad con el receptor y los demás criterios médicos aceptados, así como la ubicación hospitalaria e institucional del donador.
Cuando no exista urgencia o razón médica para asignar preferentemente un órgano o tejido, ésta se sujetará estrictamente a las bases de datos hospitalarias, institucionales, estatales y nacional que se integrarán con los datos de los pacientes registrados en el Centro Nacional de Trasplantes. Artículo reformado DOF 26-05-2000, 11-06-2009
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los profesionales deben estar familiarizados con estos criterios para asegurar una asignación justa. La documentación adecuada y la comunicación entre centros de salud son claves para el éxito del proceso.
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