La extracción de órganos debe realizarse preferentemente de personas fallecidas. Esto establece un protocolo claro para la procuración de órganos.
La procuración y extracción de órganos o tejidos para trasplantes se hará preferentemente de sujetos en los que se haya comprobado la pérdida de la vida. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 26-05-2000, 12-12-2011
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los profesionales sigan los protocolos establecidos para la extracción de órganos, asegurando el cumplimiento de la ley y la ética médica.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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