LGS

Artículo 321 Bis. Consentimiento para celulas troncales

La donación de células troncales de sangre placentaria requiere una carta de consentimiento informado de la mujer embarazada. Esto garantiza la voluntad y confidencialidad de la donante.

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Texto Legal

La donación de células troncales obtenidas de sangre placentaria y de cordón umbilical, deberá en todo momento contar con una carta de consentimiento informado de la mujer embarazada, garantizando la plena voluntad, libertad y confidencialidad, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Artículo adicionado DOF 24-01-2013. Reformado DOF 15-01-2026

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los profesionales de la salud informen adecuadamente a las mujeres embarazadas sobre sus derechos y el proceso de donación de células troncales para asegurar un consentimiento válido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 321 Bis del LGS?

La donación de células troncales de sangre placentaria requiere una carta de consentimiento informado de la mujer embarazada. Esto garantiza la voluntad y confidencialidad de la donante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 321 Bis de la LEY de Salud?

[IA] Es crucial que los profesionales de la salud informen adecuadamente a las mujeres embarazadas sobre sus derechos y el proceso de donación de células troncales para asegurar un consentimiento válido.

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