LGS

Artículo 303. Coordinacion de acciones publicitarias

La Secretaria de Salud coordinara las acciones publicitarias en salud con instituciones del sector publico y privado. Esto busca una estrategia integral en la comunicacion de salud.

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Texto Legal

La Secretaría de Salud coordinará las acciones que, en materia de publicidad relacionada con la salud, realicen las instituciones del sector público, con la participación que corresponda a los sectores social y privado, y con la intervención que corresponda a la Secretaría de Gobernación. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinacion entre sectores es vital para una comunicacion efectiva en salud. Las empresas deben considerar esta colaboracion al desarrollar sus campañas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 303 del LGS?

La Secretaria de Salud coordinara las acciones publicitarias en salud con instituciones del sector publico y privado. Esto busca una estrategia integral en la comunicacion de salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 303 de la LEY de Salud?

[IA] La coordinacion entre sectores es vital para una comunicacion efectiva en salud. Las empresas deben considerar esta colaboracion al desarrollar sus campañas.

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