LGS

Artículo 304. Clave de autorizacion en publicidad

La clave de autorizacion de la publicidad debe aparecer en el material impreso, pero no como parte de la leyenda precautoria. Esto asegura transparencia en la publicidad autorizada.

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Texto Legal

La clave de autorización de la publicidad otorgada por la Secretaría de Salud, en su caso, deberá aparecer en el material publicitario impreso, pero no formando parte de la leyenda precautoria. Párrafo reformado DOF 07-05-1997

Las resoluciones sobre autorizaciones de publicidad que emita la Secretaría de Salud, no podrán ser utilizadas con fines comerciales o publicitarios. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Incluir la clave de autorizacion es esencial para la transparencia. Las empresas deben asegurarse de cumplir con este requisito en sus materiales publicitarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 304 del LGS?

La clave de autorizacion de la publicidad debe aparecer en el material impreso, pero no como parte de la leyenda precautoria. Esto asegura transparencia en la publicidad autorizada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 304 de la LEY de Salud?

[IA] Incluir la clave de autorizacion es esencial para la transparencia. Las empresas deben asegurarse de cumplir con este requisito en sus materiales publicitarios.

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