LGS

Artículo 281. Etiquetas de plaguicidas y sustancias

Las etiquetas de los envases de plaguicidas y sustancias peligrosas deben incluir advertencias sobre su manejo y uso, garantizando que los consumidores estén informados sobre los riesgos asociados.

etiquetasplaguicidasinformación al consumidor

Texto Legal

Las etiquetas de los envases de los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas, en lo conducente, deberán ostentar, en español, claramente la leyenda sobre los peligros que implica el manejo del producto, su forma de uso, sus antídotos en caso de intoxicación y el manejo de los envases que los contengan o los hayan contenido, de conformidad con las disposiciones legales aplicables y con las normas que dicte la Secretaría de Salud. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 07-05-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es esencial que los fabricantes sigan las regulaciones sobre etiquetado para asegurar que los consumidores reciban la información necesaria para el manejo seguro de estos productos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 281 del LGS?

Las etiquetas de los envases de plaguicidas y sustancias peligrosas deben incluir advertencias sobre su manejo y uso, garantizando que los consumidores estén informados sobre los riesgos asociados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 281 de la LEY de Salud?

[IA] Es esencial que los fabricantes sigan las regulaciones sobre etiquetado para asegurar que los consumidores reciban la información necesaria para el manejo seguro de estos productos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 281 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 281 LGS desde tu celular