Se prohíben todos los actos relacionados con substancias psicotrópicas mencionadas en el artículo 245. Esta prohibición es fundamental para el control de estas substancias en el país.
Queda prohibido todo acto de los mencionados en el artículo 247 de esta Ley, con relación a las substancias incluidas en la fracción I del artículo 245. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 23-12-1987
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La prohibición de actos con ciertas substancias psicotrópicas es un aspecto crítico para evitar su abuso. Los profesionales deben estar al tanto de las implicaciones legales de manejar estas substancias.
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