La Secretaría de Salud determinará los medicamentos que integren los grupos establecidos en la ley. Esto asegura un control adecuado sobre su uso y distribución.
La Secretaría de Salud determinará los medicamentos que integren cada uno de los grupos a que se refiere el artículo anterior. Párrafo reformado DOF 27-05-1987
El proceso de los medicamentos a que se refieren las fracciones I y II del mismo artículo quedará sujeto a lo que disponen los Capítulo V y VI de este Título.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los laboratorios deben estar atentos a las decisiones de la Secretaría de Salud sobre la inclusión de medicamentos en grupos específicos. Esto puede afectar su estrategia de mercado.
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