Un producto se considera alterado si su composición ha cambiado de manera que afecta su calidad o seguridad. Esto puede tener serias implicaciones para la salud.
Se considera alterado un producto o materia prima cuando, por la acción de cualquier causa, haya sufrido modificaciones en su composición intrínseca que:
I. Reduzcan su poder nutritivo o terapéutico;
II. Lo conviertan en nocivo para la salud, o
III. Modifiquen sus características, siempre que éstas tengan repercusión en la calidad sanitaria de los mismos. Fracción reformada DOF 07-05-1997
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La alteración de productos es un tema crítico que puede afectar la salud de los consumidores. Es fundamental que los fabricantes implementen controles de calidad rigurosos para prevenir estos problemas.
Anterior
Art. 207. Definición de producto contaminado
Siguiente
Art. 208 Bis. Falsificacion de productos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo