Cualquier cambio en la propiedad o actividad de un establecimiento debe ser comunicado a la autoridad sanitaria en un plazo de 30 días. Esto asegura la transparencia y el cumplimiento normativo.
Todo cambio de propietario de un establecimiento, de razón social o denominación, de domicilio, cesión de derechos de productos, la fabricación de nuevas líneas de productos o, en su caso, la suspensión de actividades, trabajos o servicios, deberá ser comunicado a la autoridad sanitaria competente en un plazo no mayor de treinta días hábiles a partir de la fecha en que se hubiese realizado, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que al efecto se emitan. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 07-05-1997
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La comunicación oportuna de cambios es crucial para mantener la legalidad del establecimiento. Ignorar este requisito puede resultar en sanciones severas.
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