LGS

Artículo 103. Uso de recursos terapéuticos en investigación

Los médicos podrán utilizar recursos terapéuticos bajo investigación en el tratamiento de pacientes, siempre que cuenten con el consentimiento informado. Esto permite la innovación en tratamientos mientras se protege al paciente.

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Texto Legal

En el tratamiento de una persona enferma, el médico podrá utilizar recursos terapéuticos o de diagnóstico bajo investigación cuando exista posibilidad fundada de salvar la vida, restablecer la salud o disminuir el sufrimiento del paciente, siempre que cuente con el consentimiento informado por escrito de éste, de su representante legal, en su caso, o del familiar más cercano en vínculo, y sin perjuicio de cumplir con los demás requisitos que determine esta ley y otras disposiciones aplicables. Artículo reformado DOF 30-01-2012

TÍTULO QUINTO BIS El Genoma Humano Título adicionado DOF 16-11-2011

CAPÍTULO ÚNICO Capítulo adicionado DOF 16-11-2011

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los médicos informen adecuadamente a los pacientes sobre los tratamientos en investigación para asegurar su consentimiento informado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 103 del LGS?

Los médicos podrán utilizar recursos terapéuticos bajo investigación en el tratamiento de pacientes, siempre que cuenten con el consentimiento informado. Esto permite la innovación en tratamientos mientras se protege al paciente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 103 de la LEY de Salud?

[IA] Es fundamental que los médicos informen adecuadamente a los pacientes sobre los tratamientos en investigación para asegurar su consentimiento informado.

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