El Tribunal comunicara las sentencias respecto a personas morales, incluyendo la suspension de actividades y disolucion de sociedades. Esto regula la responsabilidad de las empresas.
Cuando el particular tenga carácter de persona moral, sin perjuicio de lo establecido en el artículo que antecede, el Tribunal girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva así como los puntos resolutivos de ésta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas:
I. Cuando se decrete la suspensión de actividades de la sociedad respectiva, se dará vista a la Secretaría de Economía, y al Servicio de Administración Tributaria, se inscribirá en el Registro Público de Comercio y se hará publicar un extracto de la sentencia que decrete esta medida, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la localidad donde tenga su domicilio fiscal el particular, y
II. Cuando se decrete la disolución de la sociedad respectiva, los responsables procederán de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles en materia de disolución y liquidación de las sociedades, o en su caso, conforme a los Códigos sustantivos en materia civil federal o de las entidades federativas, según corresponda, y las demás disposiciones aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben estar atentas a las resoluciones del Tribunal, ya que pueden afectar su operatividad. Es recomendable contar con asesoría legal para gestionar adecuadamente las consecuencias de estas sentencias.
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