Cuando se determine la responsabilidad de un servidor publico por faltas graves, se girara oficio para comunicar la sentencia y su cumplimiento. Esto asegura la transparencia en el proceso.
Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la plena responsabilidad de un servidor público por Faltas administrativas graves, el Magistrado, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas:
I. Cuando el servidor público haya sido suspendido, destituido o inhabilitado, se dará vista a su superior jerárquico y a la Secretaría, y
II. Cuando se haya impuesto una indemnización y/o sanción económica al responsable, se dará vista al Servicio de Administración Tributaria o a las autoridades locales competentes en las entidades federativas.
En el oficio respectivo, el Tribunal prevendrá a las autoridades señaladas para que informen, dentro del término de diez días, sobre el cumplimiento que den a la sentencia en los casos a que se refiere la fracción I de este artículo. En el caso de la fracción II, el Servicio de Administración Tributaria informará al Tribunal una vez que se haya cubierto la indemnización y la sanción económica que corresponda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La comunicacion oportuna de las sentencias es vital para garantizar que las autoridades cumplan con las disposiciones. Las entidades deben establecer mecanismos de seguimiento para asegurar que se informe al tribunal sobre el cumplimiento.
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