Las sentencias de los Tribunales estatales pueden ser impugnadas por las Secretarías y entidades de fiscalización locales conforme a sus leyes. Esto asegura un control sobre las decisiones administrativas en el ámbito local.
Las sentencias definitivas que emitan los Tribunales de las entidades federativas, podrán ser impugnadas por las Secretarías, los Órganos internos del control o las entidades de fiscalización locales competentes, en los términos que lo prevean las leyes locales.
Capítulo IV
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
De la Ejecución
Sección Primera Cumplimiento y ejecución de sanciones por Faltas administrativas no graves
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las entidades deben estar familiarizadas con las leyes locales que regulan la impugnacion de sentencias, ya que cada estado puede tener procedimientos diferentes. Es recomendable contar con un abogado local para asegurar el cumplimiento de los plazos y requisitos.
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Art. 220. Impugnacion de resoluciones del Tribunal
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